Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El cambio de destino de viviendas de la venta al arrendamiento exento constituye un autoconsumo de bienes sujeto a IVA. Si este cambio ocurre antes de la entrada en funcionamiento del bien, la regularización de las deducciones se realiza de forma directa mediante el propio autoconsumo. La materialización de este cambio es una cuestión de hecho que debe acreditarse según las circunstancias.
La DGT mantiene una posición constante sobre el autoconsumo por cambio de afectación cuando existen sectores diferenciados. La doctrina ha precisado que, si el cambio de destino ocurre antes del uso del bien, la regularización de deducciones se efectúa de forma directa a través de la operación de autoconsumo, según lo ratificado en las consultas de 2021 y 2026.
Puntos de inflexión
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Establece que el cambio de afectación entre actividades con distintos grupos CNAE y regímenes de deducción con diferencia superior a 50 puntos constituye autoconsumo de bienes.
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Precisa que si el cambio de destino ocurre antes de la entrada en funcionamiento, la rectificación de deducciones se realiza de una vez conforme al artículo 114 de la Ley 37/1992.
Análisis basado en 18 de 18 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.