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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre bien inmueble

35 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «bien inmueble», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 29 consultas · 2014–2024

Criterio vigente

En la transmisión de bienes inmuebles, la base imponible es el valor de referencia del catastro a la fecha de devengo. Si el valor declarado o el precio pactado superan dicho valor, se aplicará la mayor de las magnitudes. En ausencia de valor de referencia, se utilizará la mayor entre el valor declarado, el precio pactado o el valor de mercado.

La DGT mantiene una posición constante sobre la localización de los servicios relacionados con bienes inmuebles en el territorio donde estos radiquen, siempre que exista una relación directa. A lo largo de las consultas, se ha precisado la naturaleza de ciertos activos (como parques solares o circuitos) y se ha definido la base imponible para las transmisiones. No se observa un cambio de doctrina, sino una aplicación de criterios a distintos supuestos fácticos.

Puntos de inflexión

  1. V0638-14

    Establece que los servicios relacionados con inmuebles se localizan donde estos radiquen si la relación es suficientemente directa, y define el umbral del 40% de materiales para considerar ejecuciones de obra como entregas de bienes.

  2. V1178-24

    Precisa la determinación de la base imponible en transmisiones, fijando el valor de referencia del catastro como magnitud principal frente al precio pactado o valor declarado.

Análisis basado en 27 de 29 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.

35 consultas

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