Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para aplicar el régimen especial de escisión total, debe existir una división de la totalidad del patrimonio y una atribución proporcional de valores a los socios. Si la atribución es proporcional, no es requisito que los patrimonios segregados constituyan ramas de actividad. El régimen no se aplicará si la operación tiene como objetivo principal la ventaja fiscal, el fraude o la evasión.
La posición de la DGT se mantiene constante desde 2014. El criterio establece que la proporcionalidad en la atribución de valores exime de la necesidad de que los patrimonios segregados sean ramas de actividad. Las consultas reiteran la exigencia de motivos económicos válidos para evitar la aplicación de la norma antielusión.
Análisis basado en 14 de 14 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.