Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para determinar el incremento de fondos propios y su mantenimiento según el artículo 25.2 de la LIS, no se computan las aportaciones de los socios ni las ampliaciones por operaciones con acciones propias. En el caso de adquisición de acciones propias para amortización, las partidas representativas de aportaciones (capital social o prima de emisión) no deben incidir en el cálculo. El requisito de mantenimiento se evalúa sobre el incremento de fondos propios en términos globales y no por partidas individuales.
La posición de la DGT ha pasado de tratar la naturaleza de las acciones propias en diversos impuestos (Sociedades, Patrimonio, Sucesiones) a centrarse en su impacto técnico en el cálculo de la Reserva para Inversión de Capital (RIC). Las consultas más recientes precisan que las operaciones con acciones propias no computan para el incremento de fondos propios necesario para la RIC.
Puntos de inflexión
-
Establece que la adquisición de acciones propias disminuye los fondos propios contables y fiscales, lo que puede minorar la asignación a reservas para la RIC.
-
Aclara que el requisito de mantenimiento de fondos propios se refiere al importe global y no a partidas individuales, excluyendo las aportaciones de socios.
Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 1 de octubre de 2026.