Las empresas no podrán usar la escisión parcial para segregar inmuebles sin gestión propia
La neutralidad fiscal en las operaciones de escisión parcial exige el cumplimiento de requisitos estrictos respecto a la naturaleza del patrimonio que se transmite. No toda segregación de activos permite acceder al régimen especial de Impuesto sobre Sociedades.
Qué ha resuelto la DGT
La Dirección General de Tributos ha determinado que, para que una escisión parcial sea fiscalmente neutra, el patrimonio segregado debe constituir una rama de actividad. Este concepto se define como una unidad económica autónoma capaz de funcionar por sus propios medios.
Para cumplir con este requisito, la normativa exige una organización empresarial diferenciada que cuente con medios materiales y personales propios. En el caso analizado, la DGT concluye que si los inmuebles (como naves industriales) únicamente están afectos a la actividad principal de la sociedad y no cuentan con una gestión y organización separada, su segregación no puede calificarse como una rama de actividad bajo los términos del artículo 76.4 de la Ley 27/2014.
Qué significa para ti
Si tu empresa pretende realizar una escisión parcial para aplicar el régimen de neutralidad fiscal, no basta con trasladar la titularidad de activos inmobiliarios a otra sociedad. Si estos activos carecen de una estructura organizativa, de personal dedicado y de medios materiales que les permitan operar de forma independiente a la actividad principal, la operación no se considerará una escisión parcial a efectos del Impuesto sobre Sociedades.
Esto implica que la transmisión de dichos inmuebles podría quedar fuera del régimen especial, perdiendo los beneficios de neutralidad fiscal previstos en el Capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Qué conviene hacer
Las empresas que busquen ejecutar este tipo de operaciones deben asegurar que lo segregado sea una unidad económica con organización propia. Es necesario verificar que el patrimonio que se pretende transmitir posea una estructura de gestión diferenciada y medios suficientes para funcionar de manera autónoma respecto a la sociedad segregante.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué requisitos debe cumplir una rama de actividad para la escisión parcial?
- Debe ser una unidad económica autónoma con medios materiales y personales propios y una organización empresarial diferenciada.
- ¿Se puede aplicar la neutralidad fiscal si solo se transmiten naves industriales?
- Solo si esas naves cuentan con una gestión y organización propia e independiente de la actividad principal de la empresa.