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Los fondos extranjeros custodiados en España tributarán por el Impuesto sobre el Patrimonio

La ubicación de los activos financieros es un factor determinante para la determinación de la base imponible en el Impuesto sobre el Patrimonio. Recientemente, la Dirección General de Tributos (DGT) ha clarificado el tratamiento fiscal de las participaciones en fondos de inversión extranjeros cuando su custodia se realiza a través de entidades financieras en España.

Qué ha resuelto la DGT

La consulta vinculante aborda si las participaciones en instituciones de inversión colectiva extranjeras se consideran bienes o derechos situados en territorio español a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio. El criterio de la Administración establece que, si dichas participaciones se encuentran depositadas en una cuenta de valores abierta en una entidad financiera española, estas se consideran situadas en la oficina de dicha entidad.

Al determinarse que los activos se encuentran físicamente en territorio nacional por su lugar de custodia, la normativa aplicable (Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio) exige su inclusión en la base imponible para aquellos contribuyentes que tributen por obligación real.

Qué significa para ti

Este criterio tiene una incidencia directa en dos perfiles específicos:

  • Residentes en España que tributan por obligación real: Aquellos sujetos al impuesto que posean activos en el extranjero pero que utilicen una entidad española para la gestión y custodia de sus fondos.
  • Trabajadores desplazados (Régimen Especial): Los expatriados acogidos al régimen especial del artículo 93 de la Ley del IRPF que mantengan fondos extranjeros custodiados en cuentas valores de entidades españolas.

En ambos casos, el hecho de que el fondo sea de origen extranjero no exime de la tributación si la cuenta de valores donde residen los títulos es española.

Qué conviene hacer

Es necesario realizar una revisión de la ubicación de los activos financieros declarados. La localización de la cuenta de valores y la entidad custodia es el elemento clave para determinar la territorialidad de los bienes. Se recomienda valorar la estructura de custodia de las carteras de inversión extranjera para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en España y evitar posibles contingencias con la Administración.

Preguntas frecuentes

Sí, lo que determina la tributación en España es que la cuenta de valores donde se depositan las participaciones sea de una entidad financiera española.
Sí, lo que determina la tributación en España es que la cuenta de valores donde se depositan las participaciones sea de una entidad financiera española.
¿A quién afecta principalmente esta resolución?
A personas físicas residentes en España que tributan por obligación real y a expatriados con fondos extranjeros custodiados en entidades españolas.
Consulta vinculante oficial V5529-26
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