Ir al contenido

Las empresas emergentes podrán tributar al 15% aunque compartan socios con otras entidades

El acceso al tipo impositivo reducido para las empresas emergentes es uno de los incentivos clave de la Ley 28/2022. Sin embargo, la existencia de vínculos entre distintas sociedades ha generado dudas sobre si la presencia de socios o administradores comunes podría impedir que una entidad sea considerada de forma independiente para disfrutar de este beneficio.

Qué ha resuelto la DGT

La Dirección General de Tributos ha aclarado que la mera coincidencia de socios, administradores, sede social, recursos o clientes no es suficiente para determinar la existencia de un grupo de sociedades según el artículo 42 del Código de Comercio. Por tanto, si una entidad cumple con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley 28/2022, tiene derecho a aplicar el tipo del 15% en el primer periodo en que su base imponible sea positiva y en los tres siguientes.

La resolución distingue entre la existencia de un grupo de sociedades y una situación de control común o coordinación por parte de personas físicas. En este sentido, la independencia de la entidad para efectos de la Ley de Startups se mantiene siempre que no se configure el grupo societario previsto en la normativa mercantil.

Qué significa para ti

Para las empresas que operan en ecosistemas donde es habitual la creación de múltiples sociedades con estructuras de capital o gestión similares, esta resolución aporta seguridad jurídica. El hecho de que una empresa comparta socios o incluso la misma sede con otra entidad no le priva automáticamente de su condición de empresa emergente.

Para beneficiarse de este tipo reducido, la entidad debe acreditar su condición mediante la inscripción en el Registro Mercantil o de Cooperativas. No obstante, es importante tener presente que la Administración mantiene la facultad de comprobar que se cumplen efectivamente todos los requisitos del artículo 3 de la Ley 28/2022.

Qué conviene hacer

Las entidades que pretendan acogerse a este tipo impositivo deben asegurar que su inscripción en el Registro Mercantil sea correcta y refleje su condición de empresa emergente. Asimismo, es necesario verificar que la estructura de la sociedad no encaja en la definición de grupo de sociedades del Código de Comercio, para evitar interpretaciones que puedan comprometer el derecho al tipo reducido.

Preguntas frecuentes

¿Qué requisitos debe cumplir una empresa para tributar al 15%?
Debe cumplir los requisitos del artículo 3 de la Ley 28/2022 y estar inscrita en el Registro Mercantil o de Cooperativas.
¿La coincidencia de sede social con otra empresa afecta al beneficio?
No, la coincidencia de sede, recursos o clientes no determina por sí sola la existencia de un grupo de sociedades.
Consulta vinculante oficial V5513-26
Ver ficha completa →
Reservar primera reunión gratuita