Las empresas de nueva creación podrán tributar al 15% bajo condiciones específicas
Las entidades que inician su actividad económica cuentan con un incentivo fiscal en el Impuesto sobre Sociedades que permite reducir la carga tributaria durante sus primeros ejercicios. Sin embargo, la aplicación de este beneficio no es automática y depende del cumplimiento estricto de ciertos criterios de independencia y origen de la actividad.
Qué ha resuelto la DGT
La Dirección General de Tributos ha aclarado que las entidades de nueva creación podrán aplicar el tipo de gravamen reducido del 15% durante el primer periodo con base imponible positiva y el siguiente. No obstante, este beneficio queda excluido en los siguientes supuestos:
- Cuando la actividad económica haya sido transmitida por una entidad vinculada a la nueva sociedad.
- Cuando la actividad fuera ejercida por un socio que ostentara más del 50% de la participación en el año anterior.
- Cuando la entidad forme parte de un grupo mercantil de subordinación, de acuerdo con lo establecido en el Código de Comercio.
Qué significa para ti
Si está constituyendo una empresa, el acceso al tipo reducido del 15% es una oportunidad para mejorar la tesorería en los primeros años de operación. Sin embargo, debe tener especial cuidado con la estructura de la operación de constitución. Si la nueva sociedad nace para absorber una actividad que ya existía en otra empresa del mismo grupo o de un socio mayoritario, la administración tributaria considerará que no se trata de una actividad nueva, perdiendo así el derecho al tipo reducido.
Qué conviene hacer
Es necesario analizar la trazabilidad de la actividad económica que la nueva entidad va a desarrollar. Antes de proceder con la constitución o la transmisión de activos, debe verificar si existe una vinculación previa o una participación mayoritaria de socios que pueda activar las exclusiones legales. Valorar la estructura societaria y el origen de los activos es fundamental para determinar si la entidad cumple con los requisitos de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuántos ejercicios se puede aplicar el tipo reducido del 15%?
- Se aplica en el primer periodo con base imponible positiva y en el siguiente.
- ¿Si compro un negocio a un socio, puedo usar el tipo del 15%?
- No, si el socio tenía más del 50% de participación en la actividad el año anterior, la entidad no podrá aplicar el tipo reducido.