Estrategia
M&A, mercados de capitales y asesoramiento estratégico para operaciones transformadoras.
Ver todo EstrategiaSalas de datos y operaciones. El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Descubrir BMC One Strategy Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Fiscal
Estructuración, planificación y cumplimiento fiscal multijurisdiccional.
Ver todo FiscalModelo 720 y 721
Plazo del 1 de enero al 31 de marzoModelo 720 y 721
El plazo termina el 31 de marzoHacienda, plazos y apoderamientos. Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Descubrir BMC One Tax Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Legal
Asesoramiento jurídico integral para proteger e impulsar sus intereses empresariales.
Ver todo LegalFirma, expedientes y plazos. Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Descubrir BMC One Legal Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Operaciones
Finanzas, personas y gobernanza externalizados para que se centre en crecer.
Ver todo OperacionesContabilidad, facturas, extractos bancarios y nómina. Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Descubrir BMC One Business Services Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Guías nuevas sobre los cambios fiscales y de extranjería más recientes.
Análisis experto y tendencias del mercado.
Análisis periódicos y documentos técnicos
Herramientas prácticas para la toma de decisiones.
Todo lo que hace BMC One
Cada capacidad lleva a su área. Parcial: funciona una parte; el detalle, en la página del área.
Pruebe con
Business Services
Tax
Legal
Seguridad
Nada con «». Pruebe con «IVA», «nóminas» o «firma».
Por área
Business ServicesOperaciones
Su empresa, al día en un solo sitio
Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Cuántos trabajadores activos tenemos y con qué convenio y tipo de contrato?
Da de alta a estos tres trabajadores con su DNI, número de Seguridad Social y fecha de inicioQuedan en BMC One; a la Seguridad Social no se comunica nada.
TaxFiscal
Cada plazo de Hacienda, a la vista
Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué modelos nos tocan este trimestre y cuáles están ya presentados?
Cambia el domicilio fiscal de la ficha a Calle Muestra 5, MadridCambia la ficha en BMC One; ante la AEAT no cambia nada.
Legal
Cada fase, con su estado y su fecha
Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué documentos siguen pendientes de firma y quién falta por firmar?
Prepara un sobre para que Lucía Prueba firme este contrato en la última páginaQueda en borrador. Enviarlo es una acción crítica: solo con el rol Personalizado.
StrategyEstrategia
La operación entera en un expediente
El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
Busca lo que BMC nos ha escrito sobre la ampliación de capital
¿Cómo están las obligaciones fiscales de todas las sociedades del grupo y cuál tiene faltas?Con un acceso de grupo.
En todas las áreas
ConexionesAPI, MCP y webhooks
Funciona con cualquier asistente que admita conectores MCP remotos con inicio de sesión OAuth; por ejemplo, Claude, con el que lo hemos probado, o ChatGPT Business, Enterprise y Edu, documentado.
Con token, también Gemini CLI, Cursor, n8n, Make o Zapier; y por API y webhooks firmados, sus propios sistemas.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Solo con el rol Personalizado, elegido permiso a permiso.
API y MCPConecte su IAIntegracionesAdministraciones públicas
Seguridad
Un acceso propio y acotado, nunca su sesión
BMC One, su base de datos y sus documentos están en servidores dedicados en Alemania. La base de datos no está expuesta a internet.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Ilustración de lo que se elige al autorizar un acceso. Datos ficticios.
Declaraciones
DeclaracionesModelos 720, 721 y 210
Declaraciones para inversores y extranjeros
Bienes en el extranjero, criptomonedas y rentas de no residentes, en dos niveles: Plataforma y Con asesor.
El entorno de cliente de BMC, incluido en su servicio: no se contrata aparte.
El consultante pregunta si la ayuda económica recibida de su Servicio de Salud para comprar una silla de ruedas debe tributar en el IRPF. La DGT responde que estas cantidades no constituyen renta siempre que la silla esté incluida en la cartera de servicios de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud.
Tributación de la ayuda en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La obtención de ayudas públicas para adquirir una silla de ruedas no constituye renta para el destinatario siempre que la silla esté incluida en la cartera de servicios comunes de la prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud. Esto se debe a que los servicios destinados a la restauración de la salud no demuestran una capacidad económica susceptible de imposición. No obstante, quedan excluidas de esta consideración las sillas de ruedas manuales con ruedas grandes, las propulsadas con el pie, las de fibra de carbono/titanio y las de motor, salvo las que cumplan requisitos específicos de incapacidad y manejo.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V1882-18 Órgano SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fecha salida 26/06/2018 Normativa LIRPF, Ley 35/2006 Descripción de hechos El consultante ha percibido del Servicio de Salud de su Comunidad Autónoma una ayuda para la adquisición de una silla de ruedas. Cuestión planteada Tributación de la ayuda en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Contestación completa El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se configura como un tributo de carácter personal y directo que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y sus circunstancias personales y familiares, y cuyo hecho imponible es la obtención de renta por el contribuyente entendida como la totalidad de los rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley. Una vez fijado lo anterior, resulta preciso determinar si cabe entender que se produce el hecho imponible del impuesto en las prestaciones de asistencia sanitaria, ya sea directamente o, como en el caso planteado, a través del sistema de reembolso de gastos como consecuencia de la percepción por el consultante de una ayuda económica a través del Servicio de Salud de su Comunidad Autónoma para la adquisición de una silla de ruedas. La asistencia sanitaria prestada al contribuyente por sistemas públicos (Seguridad Social, mutualismo administrativo, etc.) se produce como consecuencia de haber satisfecho previamente las correspondientes cotizaciones que permiten ser beneficiario de las prestaciones y no como consecuencia de remuneración a servicios prestados por el beneficiario. En este caso, no se puede entender que el contribuyente obtiene una renta cuando los servicios recibidos por el mismo van destinados a la restauración de su salud, pues no son demostrativos de una capacidad económica susceptible de imposición en el IRPF. Por otra parte, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, establece en su artículo 7 el catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud que tiene por objeto garantizar las condiciones básicas y comunes para una atención integral, continuada y en el nivel adecuado de atención, en el que figura la prestación ortoprotésica. Por lo tanto, cuando se perciba una ayuda pública para adquirir una silla de ruedas, siempre que la silla sea de las incluidas en la cartera de servicios comunes de la prestación ortoprotésica del catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud, la obtención de esas cantidades no constituye renta para sus destinatarios. En este sentido, el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización (BOE de 16 de septiembre), en su Anexo VI “Cartera de servicios comunes de prestación ortoprotésica”, excluye de estas prestaciones determinadas sillas de ruedas, en concreto: “las sillas de ruedas manuales con ruedas grandes delanteras maniobradas por los dos brazos, las sillas de ruedas propulsadas con el pie, las sillas de ruedas de fibra de carbono y/o titanio y las sillas de ruedas con motor, salvo las incluidas en el grupo 12 21 27”. Este grupo se refiere y, por tanto, quedan incluidas: “sillas de ruedas con motor eléctrico y dirección eléctrica para pacientes con limitaciones funcionales graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente que cumplan todos y cada uno de los requisitos siguientes: a) Incapacidad permanente para la marcha independiente. b) Incapacidad funcional permanente para la propulsión de sillas de ruedas manuales con las extremidades superiores. c) Suficiente capacidad visual, mental y de control que les permita el manejo de sillas de ruedas eléctricas y ello no suponga un riesgo añadido para su integridad y la de otras personas.” Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Respuesta por correo · sin compromiso