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BOE-A-2026-6388 ·18 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Empresas del sector de conservas, semiconservas y salazones de pescados y mariscos: 3 meses para aplicar las nuevas tablas salariales de 2025

La Resolución de 6 de marzo de 2026 publica las tablas salariales definitivas para 2025 del Convenio colectivo estatal del sector de conservas, semiconservas y salazones de pescados y mariscos, conforme al Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Estas tablas se aplican a partir de la fecha de publicación, y las empresas deben ajustar sus pagos salariales en el plazo de tres meses, según lo establecido en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido.

En 2 claves

  1. Aplicación de nuevas tablas salariales para 2025 en el sector de conservas y salazones (art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015)
  2. Plazo de tres meses para aplicar las nuevas tablas salariales (art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de conservas, semiconservas y salazones de pescados y mariscos

art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015

Aplica a este perfil

  • Autónomos que desarrollen actividades en el sector de conservas o salazones de pescados y mariscos

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector afectado deben actualizar sus pagos salariales en el plazo de tres meses para cumplir con las nuevas tablas. Los trabajadores percibirán salarios ajustados según las nuevas tablas, lo que puede generar ajustes en los contratos o en las negociaciones colectivas. Los asesores y gestores deben revisar los contratos y ajustar los salarios de forma conforme a la nueva tabla, evitando posibles sanciones por incumplimiento.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Ajustar pagos salariales a las nuevas tablas del año 2025 art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 3 meses desde la publicación

Línea de vida

2026-03-18PublicacionPublicación en el BOE
2026-03-18Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 6 de marzo de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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