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BOE-A-2026-22210 ·23 de octubre de 2026 ·Resolución Impacto alto
Subvenciones

Empresas en zonas DANA: se elimina el requisito de 3 años de actividad para acceder a la financiación Reinicia+ FAIIP

El Consejo de Ministros modifica el mecanismo Reinicia+ FAIIP DANA para facilitar el acceso a la financiación a empresas afectadas por las DANA de octubre y noviembre de 2024. La principal modificación elimina la exigencia de un periodo mínimo de tres años de desarrollo previo de la actividad, permitiendo que empresas de reciente creación o en reconfiguración accedan a los fondos (Exposición). Asimismo, se flexibiliza la interpretación de los códigos CNAE para incluir actividades de economía circular y servicios avanzados a la industria.

En 3 claves

  1. Se elimina la exigencia de un periodo mínimo de tres años de desarrollo previo de la actividad para la elegibilidad (Exposición)
  2. Entrada en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE (Dos. Entrada en vigor)
  3. Prohibición de ayudas para empresas en crisis o con deudas de reembolso con el Estado (apartado 5)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas en zonas afectadas por las DANA de octubre/noviembre 2024
  • Cumplimiento de requisitos de viabilidad económica y técnica

Exposición

Aplica a este perfil

  • Empresas de reciente creación en zonas afectadas
  • Proyectos industriales viables

Exposición

Aplica a este perfil

  • Debe acreditar actividad industrial o servicios avanzados a la industria
  • No estar en situación de crisis o insolvencia

Exposición

Aplica a este perfil

  • Empresas en zonas afectadas
  • Cumplimiento de criterios de elegibilidad del FAIIP

apartado 4

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas de reciente creación (startups) y PYMES en zonas afectadas, la norma elimina la barrera de antigüedad que impedía la obtención de ayudas (Exposición). Las empresas industriales que operan en sectores emergentes o de economía circular también ganan flexibilidad en su encuadramiento sectorial. No obstante, se mantienen prohibiciones estrictas para empresas en situación de crisis, en concurso de acreedores o con deudas pendientes con el Estado (apartado 5).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Verificar la viabilidad económica y técnica según el Manual del FAIIP apartado 6
Comprobar que no se ha trasladado el establecimiento de inversión en los 2 años anteriores apartado 5 2 años anteriores a la solicitud

Preguntas frecuentes

¿Pueden solicitar la ayuda las empresas recién creadas?
Sí, se ha eliminado el requisito de contar con un periodo mínimo de tres años de actividad previa para facilitar el acceso a proyectos industriales viables (Exposición).
¿Qué empresas tienen prohibido recibir esta financiación?
No podrán ser beneficiarias las empresas en crisis, las que tengan deudas de reembolso con el Estado o las que se encuentren en concurso de acreedores (apartado 5).
¿Desde cuándo es aplicable esta modificación?
La norma surte efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOE (Dos. Entrada en vigor).

Línea de vida

2026-10-23PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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