El Consejo de Ministros ha aprobado la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de accidentes graves con sustancias peligrosas, sustituyendo al Real Decreto 1196/2003 (Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de octubre de 2026). Esta norma establece los criterios mínimos y actuaciones para la elaboración de planes especiales de protección civil ante riesgos químicos, biológicos, nucleares o radiactivos (art. 15.3 Ley 17/2015). Su objetivo es garantizar la homogeneidad en la gestión de emergencias que requieran la concurrencia de varias Administraciones Públicas (art. 3 RD 524/2023).
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art. 15.3 Ley 17/2015
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art. 15.3 Ley 17/2015
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Para las Administraciones Públicas, la norma impone un marco de actuación coordinado y criterios técnicos uniformes para la gestión de riesgos por sustancias peligrosas (art. 3 RD 524/2023). Las entidades que gestionen instalaciones con sustancias químicas, biológicas o nucleares deberán alinear sus planes de emergencia con estos nuevos criterios de planificación (art. 15.3 Ley 17/2015). Se establece un estándar técnico para la delimitación de zonas afectadas por fenómenos térmicos o nubes tóxicas (anexo).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Alinear los planes especiales de protección civil con la nueva Directriz Básica | art. 4.1 RD 524/2023 |
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