Ir al contenido
BOE-A-2026-2051 ·28 de enero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Entidades culturales y turísticas del casco antiguo de Cuenca: 30 días para presentar solicitud de subvención

La Resolución de 16 de diciembre de 2025 del Consorcio de la Ciudad de Cuenca establece las bases para conceder subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a actividades culturales y turísticas en el casco antiguo. Se basa en la Ley 38/2003 y el Real Decreto 112/2004, y establece un plazo de 30 días para la presentación de solicitudes. Este cambio permite una mayor transparencia y acceso a ayudas para proyectos culturales y turísticos locales.

En 2 claves

  1. Plazo de 30 días para presentar solicitud de subvención (art. 4)
  2. Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades culturales y turísticas (art. 2)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con actividad cultural o turística en el casco antiguo de Cuenca

Aplica a este perfil

  • Autónomos con actividad cultural o turística en el casco antiguo de Cuenca

Aplica a este perfil

  • Entidades o personas físicas con actividad cultural o turística en el casco antiguo de Cuenca

Cómo afecta a los implicados

Para las entidades culturales y turísticas en el casco antiguo de Cuenca, se abre un proceso de concurso más transparente y accesible. Las administraciones locales mejoran la gestión de ayudas mediante un proceso competitivo. Los asesores deben informar a sus clientes sobre el plazo de presentación y los requisitos específicos para participar en el concurso.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar solicitud de subvención antes del plazo de 30 días art. 4 30 días

Línea de vida

2026-01-28PublicacionPublicación en el BOE
2026-01-29Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto