La Subsecretaría del Ministerio de Cultura autoriza la eliminación o conservación de series documentales de la Administración General del Estado y sus organismos públicos (primero). La resolución se basa en el dictamen favorable de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos (primero). El proceso sigue lo establecido en la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 1164/2002 (primero).
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Para la Administración General del Estado y sus organismos públicos, la resolución define los plazos de eliminación y los criterios de conservación de documentos administrativos (primero). Por ejemplo, se establece la eliminación a los 15 años de la documentación de seguimiento de proyectos del SEPE, mientras que las entidades promotoras deben mantener la conservación permanente de documentos de certificación de formación o contratación (anexo). En materia de recursos, se ordena la eliminación total a los 15 años de la documentación posterior a la Ley de Procedimiento Administrativo de 1958, salvo en casos de acción hipotecaria donde el plazo es de 20 años (anexo).
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