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BOE-A-2026-19426 ·18 de septiembre de 2026 ·Circular Impacto bajo
Mercantil

Operadores de gas natural: se fijan las tasas de retribución financiera para el periodo 2027-2032

La CNMC establece mediante esta Circular las tasas de retribución financiera aplicables a las actividades de regasificación, transporte, gestión técnica del sistema y distribución de gas natural (alquiler de contadores) para el periodo regulatorio 2027-2032. La norma define los parámetros técnicos y el WACC nominal para asegurar la eficiencia económica del sistema gasista (art. 2 y 3). Esta disposición se integra en el marco de la Ley 3/2013 para la regulación de los activos con derecho a retribución.

En 3 claves

  1. Tasa de retribución financiera para transporte, regasificación y gestión técnica: 6,46% (art. 2.3) (art. 2.3)
  2. Tasa de retribución para actividades de distribución (alquiler de contadores): 6,87% (art. 3.3) (art. 3.3)
  3. Entrada en vigor el 19 de septiembre de 2026, día siguiente a su publicación (disp. final única 1) (disp. final única 1)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Operadores de regasificación
  • Operadores de transporte de gas natural
  • Gestores técnicos del sistema de gas
  • Empresas de distribución de gas natural (alquiler de contadores)

art. 2 y 3

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas que operan en transporte, regasificación y gestión técnica del sistema, la tasa de retribución financiera queda fijada en un 6,46% (art. 2.3). En el ámbito de la distribución, específicamente para la fijación del precio de alquiler de contadores de gas, la tasa de retribución será del 6,87% (art. 3.3). Estas tasas determinarán la rentabilidad permitida para los activos regulados durante el próximo periodo regulatorio.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las nuevas tasas de retribución financiera en los cálculos regulatorios art. 2 y 3 a partir del 1 de octubre de 2026

Línea de vida

2026-09-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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