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BOE-A-2026-16342 ·27 de julio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Consumidores en territorios no peninsulares: se fija el precio medio de la energía en 64,24 EUR/MWh para el tercer trimestre de 2026

La Dirección General de Política Energética y Minas ha fijado el precio medio de la energía (Peh) en 64,24 EUR/MWh para el tercer trimestre de 2026 (Resolución de 9 de julio de 2026). Este valor se utiliza para calcular la retribución anual del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, según la metodología de la Orden ITC/2370/2007 (art. 6). El precio resulta de ponderar al 50% la media del mercado diario del segundo trimestre de 2026 y el precio medio ponderado del mercado a plazo de OMIP para el tercer trimestre de 2026.

En 2 claves

  1. Precio medio de la energía (Peh) fijado en 64,24 EUR/MWh para el tercer trimestre de 2026 (Resolución Único)
  2. El precio se calcula ponderando al 50% el mercado diario y el mercado a plazo de OMIP (Resolución Único)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Consumidores ubicados en sistemas eléctricos de territorios no peninsulares
  • Que presten el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad

art. 6 de la Orden ITC/2370/2007

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Aplica a este perfil

  • Consumidores ubicados en sistemas eléctricos de territorios no peninsulares
  • Que presten el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad

art. 6 de la Orden ITC/2370/2007

Cómo afecta a los implicados

Para los consumidores de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares que prestan el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, este precio determina la base de cálculo de su retribución anual (art. 6 de la Orden ITC/2370/2007). El valor de 64,24 EUR/MWh impacta directamente en el importe de la facturación anual equivalente de la energía que servirá de referencia para dicha retribución.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía si se impugna la resolución art. 112 de la Ley 39/2015 1 mes desde el día siguiente a la notificación

Línea de vida

2026-07-27PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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