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BOE-A-2026-15644 ·17 de julio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Empresas de transporte de mercancías: se aprueba protocolo de igualdad y no discriminación LGTBI

Se registra y publica el Acuerdo parcial que modifica el II Acuerdo general para las empresas de transporte de mercancías por carretera (Código 99012735011900). La modificación introduce un protocolo y medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, en cumplimiento de la Ley 4/2023 y el Real Decreto 1026/2024. El acuerdo modifica artículos relativos a la buena fe contractual y al ingreso al trabajo (art. 11 y 18).

En 2 claves

  1. Prohibición expresa de discriminación por orientación, identidad sexual o expresión de género (art. 11). (art. 11)
  2. Modificación del protocolo de igualdad para cumplir con la Ley 4/2023 y el RD 1026/2024. (Acta de reunión)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de transporte de mercancías por carretera incluidas en el II Acuerdo general

Resolución

Aplica a este perfil

  • Profesionales del transporte de mercancías por carretera sujetos al II Acuerdo general

Resolución

Aplica a este perfil

  • Empresas de transporte de mercancías por carretera incluidas en el II Acuerdo general

Resolución

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas del sector del transporte de mercancías por carretera, este acuerdo establece la obligación de observar la prohibición de discriminación por orientación o identidad sexual, expresión de género o cualquier otra condición LGTBI en las relaciones laborales (art. 11). Las empresas deben integrar estas medidas de igualdad en sus procesos de contratación y gestión de personal para cumplir con el nuevo marco normativo de igualdad real y efectiva.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Integrar las medidas de igualdad y no discriminación LGTBI en la gestión de recursos humanos art. 11

Línea de vida

2026-07-17PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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