Ir al contenido
BOE-A-2026-15532 ·16 de julio de 2026 ·Resolución not-relevant
Administrativo

Suspensión de la asignación de número de registro de alquiler turístico para una finca por prohibición estatutaria de hospedaje

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha resuelto suspender la asignación de un número de registro de alquiler turístico a una finca en Barcelona. La decisión responde a la calificación negativa de la registradora, quien fundamenta que los estatutos de la comunidad de propietarios prohíben la actividad de hospedaje (art. 15 de los estatutos inscritos el 8.8.2011). La resolución se apoya en la doctrina de la DGSJFP que establece que el concepto de 'hospedaje' incluye las viviendas de uso turístico (RDGSJFP de 9.5.2025, BOE-A-2025-11582).

En 2 claves

  1. El concepto de hospedaje abarca también las viviendas de uso turístico (RDGSJFP de 9.5.2025, BOE-A-2025-11582). (Fundamento de Derecho sexto)
  2. Se suspende la asignación del número de registro de alquiler turístico por prohibición de actividad de hospedaje en estatutos (art. 15). (Hechos II)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Propietarios de viviendas en fincas con estatutos que prohíban la actividad de hospedaje

art. 15 de los estatutos

Cómo afecta a los implicados

Para los propietarios de viviendas que pretendan destinarlas al alquiler turístico, la resolución refuerza la validez de las prohibiciones de 'hospedaje' contenidas en los estatutos de las comunidades de propietarios (art. 15 de los estatutos). La interpretación administrativa actual vincula el término 'hospedaje' con el uso turístico, lo que impide la obtención de números de registro en fincas con limitaciones estatutarias de este tipo (RDGSJFP de 9.5.2025).

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-07-16PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo administrativo revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo administrativo
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto