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BOE-A-2026-10742 ·19 de mayo de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Fiscal

Los beneficiarios del Programa CULTIVA deben presentar sus solicitudes de estancia formativa antes del 31 de diciembre de 2026

El Real Decreto 393/2026 modifica el régimen del Programa CULTIVA, derogando el artículo 10.4 del Real Decreto 251/2024 y suprimiendo varios artículos del RD 425/2021. Se establece un nuevo plazo para la presentación de solicitudes de estancia formativa, que debe completarse antes del 31 de diciembre de 2026 (art. 10.4). Este cambio afecta directamente a jóvenes agricultores que buscan formación en explotaciones modelo.

En 2 claves

  1. Se derogan los artículos 9 a 12 y 14, 15 del RD 425/2021 (art. 10.4)
  2. El plazo para presentar solicitudes es hasta el 31 de diciembre de 2026 (art. 10.4)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas agrícolas que participen en el Programa CULTIVA

Aplica a este perfil

  • Autónomos agrícolas que deseen realizar estancias formativas

Aplica a este perfil

  • Jóvenes agricultores que busquen formación en explotaciones modelo

art. 10.4

Cómo afecta a los implicados

Los jóvenes agricultores deben presentar sus solicitudes antes del 31 de diciembre de 2026 para acceder a estancias formativas. Las organizaciones agrícolas y gestoras de programas deben actualizar sus procesos de selección y presentación. Los asesores de formación deben informar a sus clientes sobre el nuevo plazo y la supresión de anexos que antes eran requeridos.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar solicitud de estancia formativa antes del 31 de diciembre de 2026 art. 10.4 31 de diciembre de 2026

Línea de vida

2026-05-19PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-20Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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