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Ley Beckham Tenerife: 24% de IRPF para profesionales internacionales en Canarias — con la capa fiscal ZEC

Tenerife combina un régimen fiscal especial propio — el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, con la Zona Especial Canaria (ZEC) y el AIEM — con el acceso al régimen estatal de impatriados de la Ley Beckham. Esta doble capa fiscal es una oportunidad extraordinaria para emprendedores internacionales y profesionales que se trasladan a la isla, pero también una fuente de confusión: la mayoría desconoce cómo interactúan ambos regímenes, cuál es preferible para su perfil, y si es posible combinarlos. El resultado es que muchos profesionales con perfil elegible para la Ley Beckham tributan por el IRPF general en Canarias sin aprovechar ninguno de los dos regímenes.

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Por qué BMC

Asesoramiento especializado y trato personal

En BMC asesoramos a profesionales internacionales que se trasladan a Tenerife y a las Islas Canarias sobre la aplicabilidad de la Ley Beckham, la interacción con el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, la evaluación de elegibilidad para la ZEC, y la gestión anual de las declaraciones. Nuestros asesores tienen experiencia específica en el régimen fiscal canario y en la coordinación de la Ley Beckham con las particularidades de la fiscalidad de Canarias.

  • La Ley Beckham aplica un tipo fijo del 24% sobre rentas de fuente española hasta 600.000 euros durante hasta 5 años.

  • La ZEC ofrece un tipo del 4% en IS para sociedades elegibles en Canarias — complementaria, no sustitutiva de la Ley Beckham.

  • Canarias aplica la escala estatal del IP (0,25–3,12%) sin bonificación autonómica al 100%.

  • En Canarias se aplica IGIC (no IVA) e AIEM — particularidades que BMC gestiona con expertise canario.

Cómo trabajamos

Del primer contacto al cierre del expediente

  1. Evaluación de elegibilidad y análisis comparativo Beckham vs. ZEC

    Analizamos si cumples los requisitos de la Ley Beckham: no haber residido en España en los cinco años anteriores, y pertenecer a alguna de las categorías elegibles (teletrabajador en remoto, trabajador desplazado, emprendedor, administrador de sociedad, profesional altamente cualificado). Paralelamente, evaluamos si tu actividad podría encajar en la ZEC — tipo del 4% en IS para sociedades elegibles establecidas en Canarias — para determinar qué régimen o combinación es más ventajosa para tu perfil.

  2. Coordinación de la salida fiscal del país de origen

    Antes de formalizar el traslado, nos coordinamos con asesores en el país de origen para gestionar la salida fiscal: baja en el registro de contribuyentes, posible exit tax sobre participaciones en sociedades, tratamiento de activos bajo el convenio de doble imposición, y calendario óptimo del traslado.

  3. Solicitud ante la AEAT (Modelo 149)

    Preparamos y presentamos la solicitud del régimen especial de impatriados ante la Agencia Tributaria en los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social o en el censo de la AEAT (modelo 149). Gestionamos toda la comunicación con la AEAT hasta la resolución favorable.

  4. Gestión anual con expertise en fiscalidad canaria

    Durante los cinco años máximo de vigencia del régimen, presentamos tu declaración anual como impatriado (modelo 151), gestionamos las particularidades fiscales de Canarias (AIEM, IGIC en lugar de IVA, deducciones canarias), y te asesoramos sobre cualquier cambio de situación.

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El problema

Tenerife combina un régimen fiscal especial propio — el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, con la Zona Especial Canaria (ZEC) y el AIEM — con el acceso al régimen estatal de impatriados de la Ley Beckham. Esta doble capa fiscal es una oportunidad extraordinaria para emprendedores internacionales y profesionales que se trasladan a la isla, pero también una fuente de confusión: la mayoría desconoce cómo interactúan ambos regímenes, cuál es preferible para su perfil, y si es posible combinarlos. El resultado es que muchos profesionales con perfil elegible para la Ley Beckham tributan por el IRPF general en Canarias sin aprovechar ninguno de los dos regímenes.

Nuestra solución

En BMC asesoramos a profesionales internacionales que se trasladan a Tenerife y a las Islas Canarias sobre la aplicabilidad de la Ley Beckham, la interacción con el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, la evaluación de elegibilidad para la ZEC, y la gestión anual de las declaraciones. Nuestros asesores tienen experiencia específica en el régimen fiscal canario y en la coordinación de la Ley Beckham con las particularidades de la fiscalidad de Canarias.

Proceso

Como lo hacemos

1

Evaluación de elegibilidad y análisis comparativo Beckham vs. ZEC

Analizamos si cumples los requisitos de la Ley Beckham: no haber residido en España en los cinco años anteriores, y pertenecer a alguna de las categorías elegibles (teletrabajador en remoto, trabajador desplazado, emprendedor, administrador de sociedad, profesional altamente cualificado). Paralelamente, evaluamos si tu actividad podría encajar en la ZEC — tipo del 4% en IS para sociedades elegibles establecidas en Canarias — para determinar qué régimen o combinación es más ventajosa para tu perfil.

2

Coordinación de la salida fiscal del país de origen

Antes de formalizar el traslado, nos coordinamos con asesores en el país de origen para gestionar la salida fiscal: baja en el registro de contribuyentes, posible exit tax sobre participaciones en sociedades, tratamiento de activos bajo el convenio de doble imposición, y calendario óptimo del traslado.

3

Solicitud ante la AEAT (Modelo 149)

Preparamos y presentamos la solicitud del régimen especial de impatriados ante la Agencia Tributaria en los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social o en el censo de la AEAT (modelo 149). Gestionamos toda la comunicación con la AEAT hasta la resolución favorable.

4

Gestión anual con expertise en fiscalidad canaria

Durante los cinco años máximo de vigencia del régimen, presentamos tu declaración anual como impatriado (modelo 151), gestionamos las particularidades fiscales de Canarias (AIEM, IGIC en lugar de IVA, deducciones canarias), y te asesoramos sobre cualquier cambio de situación.

24%
Tipo fijo Ley Beckham hasta 600.000 euros de renta (IRPF)
4%
Tipo IS para sociedades ZEC elegibles en Canarias
5 años
Duración máxima del régimen especial de impatriados
0,25–3,12%
Escala del IP en Canarias (escala estatal de referencia)

Me trasladé a Tenerife para lanzar un negocio digital con clientes en toda Europa. BMC analizó tanto la Ley Beckham como la ZEC para mi perfil y me explicó en detalle la interacción entre ambos regímenes. Al final optamos por la Ley Beckham para mi IRPF personal y una estructura ZEC para la actividad empresarial. El resultado fiscal es extraordinario.

Marcus Johansson CEO y Fundador, Empresa digital — Estocolmo / Tenerife

Ley Beckham en Tenerife: el régimen fiscal estatal sobre la plataforma fiscal única de Canarias

Tenerife y las Islas Canarias ofrecen una posición fiscal singular en el contexto español y europeo: el Régimen Económico y Fiscal de Canarias — con la Zona Especial Canaria (ZEC), el AIEM y el IGIC — se superpone al marco tributario estatal para crear un entorno de baja tributación sin parangón en territorio español. Sobre esta base, el régimen especial de impatriados — la Ley Beckham — añade una capa adicional de optimización para el profesional que se traslada a las islas.

La combinación de ambos regímenes — Ley Beckham para el IRPF personal y ZEC para la actividad societaria — puede resultar en una de las cargas fiscales más bajas disponibles para profesionales internacionales dentro de la Unión Europea.

En BMC contamos con asesores especializados en la fiscalidad canaria y en la coordinación de la Ley Beckham con el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, para dar el servicio más completo y preciso a profesionales y emprendedores que se trasladan a Tenerife.

¿Quién puede acogerse a la Ley Beckham en Tenerife?

  • Teletrabajadores en remoto: Trabajadores que mantienen su relación laboral con empresa extranjera y trasladan su residencia a Tenerife — categoría muy frecuente entre profesionales escandinavos, centroeuropeos y anglosajones.
  • Emprendedores: Fundadores de startups o empresas innovadoras que se establecen en Canarias, especialmente en combinación con la ZEC.
  • Trabajadores desplazados: Profesionales contratados por empresa española o desplazados desde empresa extranjera del mismo grupo.
  • Autónomos por las vías del art. 93.1.b.3 y b.4: emprendedores con actividad calificada conforme al art. 70 de la Ley 14/2013, y profesionales altamente cualificados que prestan servicios a empresas emergentes españolas o realizan actividades de I+D+i con más del 40 % de sus rendimientos por esa vía.
  • Profesionales altamente cualificados: En entidades de innovación, I+D o startups certificadas.

La ZEC: la capa societaria que complementa la Ley Beckham

La Zona Especial Canaria (ZEC) es un régimen especial de baja tributación para sociedades registradas en Canarias que operan en sectores elegibles y cumplen requisitos de creación de empleo. El tipo del Impuesto sobre Sociedades en la ZEC es del 4% sobre la base imponible especial, frente al tipo general del 25%.

La Ley Beckham y la ZEC son regímenes distintos, aplicables a sujetos distintos:

  • La ZEC grava a la sociedad: reduce el IS de la empresa.
  • La Ley Beckham grava al individuo: reduce el IRPF del profesional.

Para emprendedores y directivos que se trasladan a Tenerife, la estructura óptima suele combinar ambos: la sociedad opera bajo el tipo ZEC del 4% en IS, mientras el profesional aplica la Ley Beckham al 24% en su IRPF personal. BMC diseña esta estructura antes del traslado para maximizar el beneficio fiscal.

Impuesto sobre el Patrimonio en Canarias bajo la Ley Beckham

Canarias aplica la escala estatal del Impuesto sobre el Patrimonio, que va del 0,25% al 3,12%, sin la bonificación del 100% autonómica que tienen Madrid y Andalucía. Bajo la Ley Beckham, el contribuyente solo tributa por los bienes situados en España (no el patrimonio mundial), lo que limita la exposición al IP para quienes mantienen su patrimonio fuera de España.

El Impuesto de Solidaridad sobre las Grandes Fortunas (ITSGF) puede aplicar si el patrimonio neto en España supera los 3 millones de euros. BMC analiza la exposición al IP y al ITSGF antes del inicio del período Beckham.

Particularidades fiscales canarias para el impatriado

El impatriado residente en Canarias debe tener en cuenta dos diferencias clave respecto al régimen peninsular:

  • IGIC en lugar de IVA: Las Islas Canarias aplican el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) en lugar del IVA, con tipos generalmente inferiores (tipo general del 7% vs 21% en península). Para el profesional autónomo o empresario, esto implica repercutir IGIC (no IVA) a sus clientes y llevar una contabilidad conforme al marco canario.
  • AIEM: El Arbitrio sobre las Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias afecta a la cadena de suministro de determinados bienes producidos o importados en Canarias, pero no impacta directamente en la renta del impatriado.

BMC gestiona estas particularidades con expertise canario, garantizando el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales locales.

¿Cuánto ahorra un profesional en Tenerife con la Ley Beckham?

Para un emprendedor o directivo con ingresos de 180.000 euros anuales que se traslada a Tenerife:

  • Bajo el IRPF general (residente ordinario en Canarias): la carga fiscal se sitúa aproximadamente en 68.000–72.000 euros (tipo efectivo del 38–40%).
  • Bajo la Ley Beckham: el tipo fijo del 24% da una carga fiscal de 43.200 euros.

El ahorro anual es de aproximadamente 25.000–29.000 euros, acumulando más de 125.000–145.000 euros durante los cinco años del régimen.

Para el emprendedor con sociedad ZEC que cobra dividendos o salario de su empresa, la combinación tipo IS ZEC 4% + Ley Beckham 24% IRPF personal puede reducir la carga fiscal total a niveles extraordinariamente bajos en el contexto europeo.

Calcula el ahorro estimado para tu perfil con nuestra calculadora de Ley Beckham. Para entender el coste del servicio, visita cuánto cuesta tramitar la Ley Beckham.

Si quieres entender el régimen desde cero, empieza por ¿Qué es la Ley Beckham? o la guía completa 2026.

Servicio BMC para Tenerife y Canarias

BMC ofrece el servicio de Ley Beckham y ZEC para Tenerife y las Islas Canarias en remoto: consulta inicial por videoconferencia, documentación digital y tramitación telemática ante la AEAT y la Consejería de Economía del Gobierno de Canarias. No es necesario desplazarse a ninguna oficina.

BMC cuenta con representación en Tenerife. Conozca nuestra representación de Tenerife para una atención cercana.

Lo que viene después

Contrato laboral de impatriadoRevise y optimice su contrato de trabajo antes de llegar: cláusulas de expatriación, retribución en especie y blindaje del régimen Beckham.
Renovación y visados de residenciaGestione la renovación de su autorización de residencia en España y coordine los trámites con el régimen fiscal especial.
RSU y stock options: fiscalidadTribute correctamente las opciones sobre acciones y planes de acceso al capital que recibe como impatriado bajo la Ley Beckham.
FAQ

Preguntas frecuentes

La Zona Especial Canaria (ZEC) es un régimen especial de baja tributación para sociedades establecidas en Canarias: tipo del Impuesto sobre Sociedades del 4% sobre la base imponible especial para actividades elegibles, con un mínimo de creación de empleo y otros requisitos. La Ley Beckham, en cambio, es un régimen de IRPF personal para el profesional que se traslada a España. Son regímenes distintos, aplicables a sujetos distintos (la ZEC a la sociedad, la Ley Beckham al individuo), y en muchos casos son complementarios: el profesional tributa su renta personal bajo Beckham (24%) mientras la sociedad opera bajo ZEC (4%). BMC analiza qué estructura es óptima para cada perfil.
Canarias aplica la escala estatal del Impuesto sobre el Patrimonio, que va del 0,25% al 3,12%, sin bonificación autonómica al 100% (a diferencia de Madrid y Andalucía). Bajo la Ley Beckham, solo se gravan los bienes situados en España (no el patrimonio mundial). El Impuesto de Solidaridad sobre las Grandes Fortunas (ITSGF) puede aplicar si el patrimonio neto en España supera los 3 millones de euros. BMC analiza la exposición al IP y al ITSGF antes del inicio del período Beckham.
Depende de tu estructura: si operas como persona física (autónomo) o como empleado de tu propia sociedad, la Ley Beckham es el régimen natural para tu IRPF personal. Si operas a través de sociedad española con actividad internacional elegible, la ZEC puede reducir la tributación societaria al 4% en IS. En muchos casos, la estructura óptima combina ambos: sociedad ZEC para la actividad empresarial + Ley Beckham para el IRPF del profesional. BMC diseña la estructura más adecuada para cada emprendedor antes de formalizar el traslado.
Sí, desde la reforma de la Ley 28/2022 de Startups. Los teletrabajadores que ejercen su actividad en remoto para empresa o empleador extranjero pueden acogerse al régimen especial de impatriados, siempre que no hayan residido en España en los cinco años anteriores. Tenerife ha ganado mucho atractivo como destino de relocalización para profesionales escandinavos, centroeuropeos y del norte de Europa, que combinan el régimen Beckham con el clima canario y el coste de vida significativamente inferior al de sus países de origen.
El AIEM (Arbitrio sobre las Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias) es un impuesto especial canario aplicable a la producción e importación de determinados bienes en Canarias. No afecta directamente a los profesionales que aplican la Ley Beckham — es un impuesto indirecto sobre la cadena de suministro, no sobre la renta personal. Lo que sí afecta al profesional en Canarias es el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) en lugar del IVA, con tipos generalmente inferiores. BMC explica las diferencias entre la fiscalidad indirecta canaria y la peninsular al iniciar el proceso de traslado.

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Preguntas frecuentes

Preguntas sobre Ley Beckham en Tenerife — Régimen especial de impatriados en Canarias

La Zona Especial Canaria (ZEC) es un régimen especial de baja tributación para sociedades establecidas en Canarias: tipo del Impuesto sobre Sociedades del 4% sobre la base imponible especial para actividades elegibles, con un mínimo de creación de empleo y otros requisitos. La Ley Beckham, en cambio, es un régimen de IRPF personal para el profesional que se traslada a España. Son regímenes distintos, aplicables a sujetos distintos (la ZEC a la sociedad, la Ley Beckham al individuo), y en muchos casos son complementarios: el profesional tributa su renta personal bajo Beckham (24%) mientras la sociedad opera bajo ZEC (4%). BMC analiza qué estructura es óptima para cada perfil.
Canarias aplica la escala estatal del Impuesto sobre el Patrimonio, que va del 0,25% al 3,12%, sin bonificación autonómica al 100% (a diferencia de Madrid y Andalucía). Bajo la Ley Beckham, solo se gravan los bienes situados en España (no el patrimonio mundial). El Impuesto de Solidaridad sobre las Grandes Fortunas (ITSGF) puede aplicar si el patrimonio neto en España supera los 3 millones de euros. BMC analiza la exposición al IP y al ITSGF antes del inicio del período Beckham.
Depende de tu estructura: si operas como persona física (autónomo) o como empleado de tu propia sociedad, la Ley Beckham es el régimen natural para tu IRPF personal. Si operas a través de sociedad española con actividad internacional elegible, la ZEC puede reducir la tributación societaria al 4% en IS. En muchos casos, la estructura óptima combina ambos: sociedad ZEC para la actividad empresarial + Ley Beckham para el IRPF del profesional. BMC diseña la estructura más adecuada para cada emprendedor antes de formalizar el traslado.
Sí, desde la reforma de la Ley 28/2022 de Startups. Los teletrabajadores que ejercen su actividad en remoto para empresa o empleador extranjero pueden acogerse al régimen especial de impatriados, siempre que no hayan residido en España en los cinco años anteriores. Tenerife ha ganado mucho atractivo como destino de relocalización para profesionales escandinavos, centroeuropeos y del norte de Europa, que combinan el régimen Beckham con el clima canario y el coste de vida significativamente inferior al de sus países de origen.
El AIEM (Arbitrio sobre las Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias) es un impuesto especial canario aplicable a la producción e importación de determinados bienes en Canarias. No afecta directamente a los profesionales que aplican la Ley Beckham — es un impuesto indirecto sobre la cadena de suministro, no sobre la renta personal. Lo que sí afecta al profesional en Canarias es el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) en lugar del IVA, con tipos generalmente inferiores. BMC explica las diferencias entre la fiscalidad indirecta canaria y la peninsular al iniciar el proceso de traslado.
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