Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para evitar la retención en el Impuesto sobre Sociedades, el contrato debe ser un arrendamiento de negocio que ceda una unidad patrimonial con vida propia y funcionamiento continuo. Además, el arrendador debe desarrollar una actividad económica mediante una estructura organizativa propia con recursos humanos y medios materiales adecuados. Si el arrendatario es quien inicia la actividad, la operación se califica como arrendamiento de inmueble y está sujeta a retención.
La posición de la DGT se mantiene constante en el tiempo. El criterio exige de forma reiterada la concurrencia de la unidad patrimonial con vida propia y la existencia de una estructura organizativa propia del arrendador para calificar la operación como arrendamiento de negocio y evitar la retención.
Análisis basado en 12 de 13 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.