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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre suministro inmediato de información

71 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «suministro inmediato de información», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza alta 65 consultas · 2017–2026

Criterio vigente

Los sujetos obligados al SII deben llevar los libros registro de facturas expedidas y recibidas mediante suministro electrónico. Es posible utilizar asientos resumen siempre que no sea preceptiva la identificación del destinatario, las facturas tengan numeración correlativa y el devengo ocurra en el mismo mes natural. Las cantidades que no constituyen contraprestación ni suplidos, como ciertas compensaciones, no deben informarse en el SII.

La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la obligación de llevar los registros electrónicos y la posibilidad de usar asientos resumen bajo condiciones específicas. La evolución muestra una aplicación de criterios técnicos sobre qué conceptos no deben integrarse en el suministro, como los suplidos en importaciones o compensaciones que no son contraprestación.

Puntos de inflexión

  1. V1125-18

    Permite la realización de asientos resumen en el libro de facturas expedidas si se cumplen requisitos de fecha, devengo y falta de identificación del destinatario.

  2. V1488-21

    Precisa la necesidad de realizar dos registros distintos para el transitario: uno para el IVA de importación con el DUA y otro para los gastos posteriores.

  3. V1891-24

    Aclara que las cantidades transferidas por compensación que no son contraprestación ni suplidos no deben informarse en el SII.

Análisis basado en 59 de 65 consultas con criterio disponible. Actualizado 22 de septiembre de 2026.

71 consultas

V1815-18 21 jun 2018

Los sujetos obligados al SII están exonerados de presentar el modelo 347

SG de Impuestos sobre el Consumo
suministro inmediato de informaciónlibros registromodelo 347establecimiento privado de carácter socialregistros de facturación RIVA — RD 1624/1992, Reglamento del IVA art. 62.6RIVA — RD 1624/1992, Reglamento del IVA art. 63
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V0935-18 11 abr 2018

Posibilidad de presentar declaraciones de IVA trimestrales y requisitos del SII

SG de Impuestos sobre el Consumo
periodo de liquidaciónvolumen de operacionessuministro inmediato de informaciónregistro de devolución mensualestablecimiento permanente LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 7.1LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 20.1.18
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular

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