Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La entrega de terrenos está exenta si son rústicos o no edificables y no están en curso de urbanización. Se considera en curso de urbanización cuando existen obras materiales de transformación física o el transmitente ha asumido costes de urbanización. Si el terreno es solar o cuenta con licencia para edificar, la operación está sujeta y no exenta, salvo que se destine exclusivamente a parques, jardines públicos o superficies viales de uso público.
La posición de la DGT se mantiene constante en la distinción entre terrenos rústicos y solares. La evolución se centra en la precisión de qué elementos determinan que un terreno esté en curso de urbanización, integrando tanto las obras físicas como la asunción de costes. La última consulta añade una excepción específica para terrenos destinados a uso público.
Puntos de inflexión
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Introduce la excepción de que la entrega está sujeta pero exenta si el terreno se destina exclusivamente a parques, jardines públicos o superficies viales de uso público.
Análisis basado en 25 de 26 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.