Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La exención de IVA para clases particulares requiere que sean prestadas por personas físicas y que las materias formen parte de los planes de estudio del sistema educativo. Asimismo, el prestador no debe estar obligado a darse de alta en las tarifas de actividades empresariales o artísticas del IAE. De lo contrario, servicios como cursos de liderazgo tributan al tipo general del 21 por ciento.
La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a los requisitos para la exención de IVA en clases particulares. Se ha mantenido la exigencia de que las materias pertenezcan a los planes de estudio y que el prestador sea una persona física sin obligación de alta empresarial. Las consultas recientes simplemente reiteran y precisan la aplicación de la norma frente a actividades no regladas como el liderazgo.
Análisis basado en 23 de 24 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.