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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre recogida de residuos

10 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «recogida de residuos», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 10 consultas · 2014–2022

Criterio vigente

Las operaciones de recogida, transporte, eliminación o valorización de residuos tributan al tipo impositivo del 10%. Este tipo reducido se extiende a la cesión, instalación y mantenimiento de recipientes normalizados reconocidos por ordenanzas municipales. El arrendamiento de vehículos mediante renting para la recogida de residuos tributa al 21%.

La DGT mantiene la aplicación del tipo reducido del 10% para las operaciones principales de gestión de residuos y recipientes normalizados. La posición se ha mantenido constante desde 2014, con precisiones sobre el alcance de los recipientes y la exclusión del renting del tipo reducido.

Puntos de inflexión

  1. V3746-16

    Extiende el tipo reducido del 10% a la cesión, instalación y mantenimiento de recipientes normalizados reconocidos por ordenanzas municipales.

  2. V2357-19

    Aclara que el arrendamiento de vehículos para la recogida de residuos mediante renting tributa al 21% al no estar incluido en los supuestos de tipos reducidos.

Análisis basado en 10 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.

10 consultas

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