Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para aplicar la deducción, el financiador debe presentar el contrato de financiación y la certificación de gastos. La base de la deducción se compone del coste total de la producción junto con los gastos de copias, publicidad y promoción. Si los gastos finales son menores a los presupuestados, el importe de la deducción se ajustará al límite máximo que el financiador puede aplicar, equivalente a 1,20 veces su aportación.
La posición de la DGT sobre la condición de productor en AIE se ha mantenido constante, exigiendo iniciativa, responsabilidad y titularidad de derechos. No obstante, la secuencia muestra un cambio de temática hacia el IVPEE y, finalmente, introduce precisiones sobre la base de la deducción y la documentación necesaria para el financiador.
Puntos de inflexión
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Introduce la composición de la base de la deducción (coste total, copias, publicidad y promoción) y el límite de 1,20 veces la aportación del financiador.
Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 30 de septiembre de 2026.