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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre plazo de permanencia

12 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «plazo de permanencia», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 11 consultas · 2018–2026

Criterio vigente

Para la deducción por inversión en empresas de nueva creación, las participaciones deben permanecer en el patrimonio por un plazo superior a tres años. En caso de incumplimiento, el contribuyente debe sumar a la cuota líquida estatal la deducción indebidamente practicada más los intereses de demora. Si la venta es parcial, la regularización se aplica solo a la parte proporcional de la inversión.

La posición de la DGT es constante en cuanto a la deducción por inversión en empresas de nueva creación, manteniendo el requisito de permanencia superior a tres años. En materia de vivienda habitual, se mantiene el criterio de que el cambio de domicilio debe ser una necesidad legal y no una decisión voluntaria por espacio o circunstancias personales no contempladas.

Puntos de inflexión

  1. V0341-23

    Precisa que en caso de venta parcial de la inversión, la regularización de la deducción debe realizarse únicamente sobre la parte proporcional de la misma.

Análisis basado en 10 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.

12 consultas

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