Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para la deducción por inversión en empresas de nueva creación, las participaciones deben permanecer en el patrimonio por un plazo superior a tres años. En caso de incumplimiento, el contribuyente debe sumar a la cuota líquida estatal la deducción indebidamente practicada más los intereses de demora. Si la venta es parcial, la regularización se aplica solo a la parte proporcional de la inversión.
La posición de la DGT es constante en cuanto a la deducción por inversión en empresas de nueva creación, manteniendo el requisito de permanencia superior a tres años. En materia de vivienda habitual, se mantiene el criterio de que el cambio de domicilio debe ser una necesidad legal y no una decisión voluntaria por espacio o circunstancias personales no contempladas.
Puntos de inflexión
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Precisa que en caso de venta parcial de la inversión, la regularización de la deducción debe realizarse únicamente sobre la parte proporcional de la misma.
Análisis basado en 10 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.