Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La base imponible del Impuesto sobre Sociedades se determina a partir del resultado contable mediante ajustes fiscales. Ante la ausencia de normas específicas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades para corregir el tratamiento de las subvenciones, se debe aplicar el criterio de imputación de la Norma de Registro y Valoración 18ª del Plan General de Contabilidad. Esto implica que la integración de los ingresos por subvenciones en la base imponible sigue el desarrollo contable de dicha norma.
La posición de la DGT se mantiene constante al aplicar el Plan General de Contabilidad de forma supletoria ante la ausencia de normas específicas en la normativa fiscal. Las consultas confirman que el tratamiento de las subvenciones y la capitalización de mejoras en el inmovilizado deben regirse por los principios contables vigentes. No se observan cambios de criterio, sino una reafirmación de la aplicación de la normativa contable en materia de subvenciones y valoración de activos.
Puntos de inflexión
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Reafirma que, al no existir preceptos en la normativa del Impuesto sobre Sociedades para corregir el criterio de la NRV 18ª del PGC, dicho tratamiento contable es el que debe asumirse fiscalmente.
Análisis basado en 8 de 9 consultas con criterio disponible. Actualizado 29 de septiembre de 2026.