Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El volumen de ingresos para el límite de la estimación objetiva excluye las subvenciones corrientes o de capital y las indemnizaciones. Las ayudas de la PAC no afectan a esta magnitud excluyente. La compensación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca debe incluirse siempre por ser una contraprestación y no una subvención o indemnización.
La posición de la DGT se mantiene constante en la exclusión de subvenciones e indemnizaciones para el límite de ingresos. Se ha reiterado de forma sistemática que la compensación del REAGP debe computarse como contraprestación. No se observan cambios doctrinales en la materia a lo largo de las consultas analizadas.
Análisis basado en 13 de 14 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.