Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La actividad de transporte con licencia VTC puede tributar por el método de estimación objetiva siempre que cumpla las magnitudes de la Orden HFP/1172/2022 y no incurra en las causas de exclusión del artículo 34 del Reglamento del IRPF. Se asimila al concepto de transporte por auto-taxis para este fin.
La posición de la DGT ha experimentado una reversión. Inicialmente, la administración sostenía que la actividad VTC era un arrendamiento de vehículo con conductor excluido de la estimación objetiva. Tras años de exclusión, la consulta V2219-23 permite el uso de este método bajo el concepto de transporte por auto-taxis y el cumplimiento de requisitos específicos.
Puntos de inflexión
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Permite la aplicación del método de estimación objetiva al considerar la actividad VTC bajo el concepto de transporte por auto-taxis, siempre que se cumplan las magnitudes de la Orden HFP/1172/2022.
Análisis basado en 8 de 9 consultas con criterio disponible. Actualizado 29 de septiembre de 2026.