Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La exención del IVTM para personas con discapacidad es de carácter rogado y surte efectos desde la fecha de su concesión o el periodo impositivo siguiente. El hecho imponible requiere que el vehículo sea apto para circular, pero las bajas temporales por voluntad del titular o transmisión no permiten el prorrateo de la cuota. Los vehículos tipo camión vivienda se clasifican como camiones para la aplicación de las tarifas del impuesto.
La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la naturaleza rogada de las exenciones y la gestión municipal. Se observa una evolución en la clasificación de vehículos, pasando de criterios basados en la masa y asientos (V1188-23) a la determinación específica del camión vivienda como camión (V5081-26).
Puntos de inflexión
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Establece que el camión vivienda se clasifica como camión para la aplicación de las tarifas, basándose en los kilogramos de carga útil.
Análisis basado en 10 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.