Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las ayudas de asistencia social para vivienda, rentas de inclusión o prestaciones para jóvenes extutelados están exentas en el IRPF según el artículo 7.y) de la LIRPF. Esta exención tiene un límite máximo anual conjunto de 1,5 veces el IPREM. Por otro lado, las prestaciones de planes de pensiones o patrimonio protegido para personas con discapacidad pueden estar exentas hasta tres veces el IPREM.
La DGT mantiene criterios diferenciados según la naturaleza de la ayuda. Para ayudas de asistencia social y vivienda, el límite se ha fijado consistentemente en 1,5 veces el IPREM. Para prestaciones de personas con discapacidad, el límite de exención se mantiene en tres veces el IPREM, según las consultas de 2014, 2023 y 2026.
Análisis basado en 12 de 12 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.