Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para aplicar el incremento por movilidad geográfica, el contribuyente debe ser desempleado e estar inscrito en la oficina de empleo. Esta inscripción debe producirse antes de la fecha de publicación de la relación definitiva de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas. El nuevo puesto de trabajo debe exigir el traslado de la residencia habitual a un nuevo municipio.
La posición de la DGT se mantiene constante en la exigencia de la inscripción previa en la oficina de empleo para acceder a la reducción. El criterio se ha centrado en precisar el momento temporal de dicha inscripción, fijándolo antes de la publicación de la relación definitiva de aprobados en procesos selectivos. No se observan cambios en la esencia del requisito.
Puntos de inflexión
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Establece que la inscripción en la oficina de empleo debe valorarse antes del inicio del proceso selectivo.
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Precisa que la inscripción debe producirse antes de la publicación de la relación definitiva de aspirantes aprobados.
Análisis basado en 10 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.