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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre impuesto sobre envases de plástico

13 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «impuesto sobre envases de plástico», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio matizado Confianza alta 13 consultas · 2023–2024

Criterio vigente

La acreditación del contenido de plástico reciclado debe realizarse mediante certificación de una entidad acreditada bajo la norma UNE-EN 15343:2008 o equivalente. Tras el fin del periodo de transitoriedad, ya no es válida la declaración responsable del fabricante para este fin. En ausencia de esquemas de certificación específicos, se aplicarán las normas de prueba de la Ley General Tributaria.

La posición de la DGT ha pasado de permitir una fase de transición con declaraciones responsables a exigir una certificación formal. La consulta V1719-23 permitía el uso de declaraciones responsables durante los primeros 12 meses, pero la consulta V1151-24 confirma que este periodo ha expirado, obligando a la acreditación mediante entidades acreditadas o normas de prueba de la LGT.

Puntos de inflexión

  1. V1719-23

    Introdujo la posibilidad de utilizar una declaración responsable firmada por el fabricante durante los primeros 12 meses de aplicación del impuesto.

  2. V1151-24

    Establece que, al expirar el periodo de validez de la declaración responsable, la acreditación del plástico reciclado debe realizarse según el artículo 77 de la Ley 7/2022.

Análisis basado en 13 de 13 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.

13 consultas

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