Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La exención de la indemnización por despido exige una desvinculación real y efectiva del trabajador. Se presume la inexistencia de dicha desvinculación si el trabajador presta servicios a la misma empresa o a una vinculada en los tres años siguientes al cese. Esta presunción admite prueba en contrario. Si se pierde la exención, el contribuyente debe presentar una autoliquidación complementaria de IRPF.
La posición de la DGT se mantiene constante desde 2014. El criterio establece la presunción de falta de desvinculación ante la prestación de servicios en la misma empresa o vinculadas durante tres años. A lo largo de las consultas, la doctrina solo ha precisado las consecuencias tributarias de la pérdida de la exención.
Análisis basado en 10 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.