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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre consumo inmediato

11 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «consumo inmediato», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 11 consultas · 2015–2026

Criterio vigente

El suministro de comida preparada sin servicios auxiliares suficientes para el consumo inmediato se considera entrega de bienes con el tipo reducido del 10%. Las bebidas alcohólicas y las bebidas refrescantes, zumos o gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos tributan al tipo general del 21%. En servicios de catering, la actividad es prestación de servicios al 10% si la dimensión de servicio predomina sobre el mero suministro de comidas estandarizadas.

La posición de la DGT se mantiene constante en la distinción entre entrega de bienes y prestación de servicios de restauración. Se ha mantenido el criterio de que la ausencia de servicios auxiliares convierte el suministro en entrega de bienes, aplicando el tipo del 10% para alimentos. La evolución muestra una reiteración en la exclusión de bebidas con azúcares y alcohol del tipo reducido.

Análisis basado en 10 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.

11 consultas

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