Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La reducción del 30% por rendimientos irregulares no procede cuando la cantidad percibida es una suma cierta que nace ex novo. Para que exista irregularidad, la cuantía debe suponer la sustitución o reparación de un complemento salarial o pensión de duración indefinida. No se aplica la reducción si el concepto no está vinculado a un periodo de generación.
La DGT ha pasado de considerar que la compensación por la supresión de complementos de duración indefinida constituye un rendimiento notoriamente irregular, a establecer límites estrictos. Las consultas de 2024 marcan un cambio al denegar la reducción cuando el pago no sustituye efectivamente a un complemento previo, sino que nace como una nueva cantidad.
Puntos de inflexión
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Establece que la reducción no procede si la cantidad nace ex novo y no supone la sustitución o reparación de un complemento de duración indefinida.
Análisis basado en 10 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 29 de septiembre de 2026.