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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre asesoramiento

14 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «asesoramiento», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza alta 14 consultas · 2014–2025

Criterio vigente

La clasificación del asesoramiento depende de la naturaleza de la actividad: si es formación o enseñanza, corresponde el grupo 842; si es asistencia, asesoramiento o análisis profesional, el grupo 777. El contribuyente debe darse de alta en todas las rúbricas que clasifiquen las actividades que efectivamente realice. En cuanto a la localización, se aplican las reglas generales de la Ley del IVA, incluyendo la cláusula de uso efectivo para servicios utilizados en territorio español.

La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la aplicación de las reglas de localización y el uso efectivo del artículo 70.Dos. La doctrina se ha centrado en distinguir el asesoramiento de la mera transmisión de información o intermediación. Recientemente, se ha precisado la clasificación en el IAE según el objeto de la actividad.

Puntos de inflexión

  1. V3303-20

    Distingue entre el asesoramiento con funciones de captación o negociación y el mero suministro de datos o información sin acciones adicionales.

  2. V2289-25

    Establece la diferenciación de alta en el IAE entre actividades de formación (grupo 842) y de asistencia o análisis profesional (grupo 777).

Análisis basado en 13 de 14 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.

14 consultas

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