Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La exención por reinversión en vivienda habitual exige que el importe se destine a la adquisición o rehabilitación de una nueva vivienda. Se excluyen expresamente los supuestos de ampliación de una vivienda ya propiedad del contribuyente. Para la deducción por inversión en vivienda habitual, solo procede el régimen transitorio si los pagos se realizaron antes del 1 de enero de 2013 y las obras terminaron antes de 2017.
La posición de la DGT se mantiene constante en dos vertientes. Por un lado, la exclusión de la ampliación de vivienda de la exención por reinversión se ha consolidado tras la unificación de criterio del TEAC. Por otro lado, los requisitos para la deducción por ampliación bajo el régimen transitorio se han mantenido estables desde 2015.
Puntos de inflexión
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Se establece que la exención queda excluida para la ampliación de una vivienda ya propiedad del contribuyente, al no considerarse adquisición o rehabilitación de una nueva vivienda.
Análisis basado en 7 de 9 consultas con criterio disponible. Actualizado 30 de septiembre de 2026.