Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La novación, subrogación o sustitución de un préstamo no agota el derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual si el nuevo préstamo se destina a amortizar el anterior. Las cuotas del nuevo préstamo son deducibles en la parte proporcional atribuible a la amortización del préstamo originario. En caso de ampliación de principal, solo será deducible la parte destinada a cubrir los costes de cancelación del préstamo primigenio.
La posición de la DGT se mantiene constante desde 2020. El criterio establece que la ampliación de principal solo permite la deducción de la parte destinada a cubrir costes de cancelación del préstamo anterior. No se observan cambios en la interpretación de la deducibilidad de las cuotas proporcionales.
Análisis basado en 9 de 14 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.