Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para el IRNR, el almacenaje y la entrega de mercancías tienen carácter preparatorio o auxiliar y no constituyen establecimiento permanente. En el IVA, la existencia de un establecimiento permanente depende de si la estructura y la gestión del almacén permiten realizar actividades que superen lo meramente auxiliar. El uso de medios tecnológicos, como un ordenador para albergar programas, no constituye establecimiento permanente por su carácter preparatorio.
La posición de la DGT se mantiene constante en la distinción entre el IRNR y el IVA. Mientras que para el IRNR el almacenaje se considera sistemáticamente una actividad auxiliar, para el IVA la configuración de establecimiento permanente depende de la gestión y la titularidad de los derechos de uso. No se observan cambios doctrinales, sino la aplicación de criterios diferenciados según el impuesto.
Análisis basado en 11 de 14 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.