Las empresas de alojamiento turístico podrán deducir sus gastos si cumplen los requisitos legales
La gestión de inmuebles destinados al alojamiento turístico de corta duración conlleva una serie de costes operativos que las sociedades deben tratar con rigor fiscal. Recientemente, la Dirección General de Tributos ha precisado las condiciones bajo las cuales estos gastos pueden ser considerados deducibles en el Impuesto sobre Sociedades.
Qué ha resuelto la DGT
La Administración Tributaria ha señalado que los gastos relativos al desarrollo de la actividad mercantil son fiscalmente deducibles siempre que se cumplan estrictamente los siguientes criterios:
- Inscripción contable: Los gastos deben estar correctamente registrados en la contabilidad de la sociedad.
- Imputación por devengo: Deben imputarse en el periodo en el que se producen, conforme a la normativa vigente.
- Correlación con los ingresos: Es imprescindible que el gasto tenga una relación directa con la obtención de los ingresos de la actividad.
- Justificación documental: La empresa debe aportar las pruebas necesarias que acrediten la realidad de la operación.
Asimismo, la DGT advierte que no serán deducibles aquellos gastos que la Ley del Impuesto sobre Sociedades califique específicamente como no deducibles o que no correspondan a operaciones reales.
Qué significa para ti
Si tu sociedad explota inmuebles para alojamiento turístico, no basta con que el gasto sea necesario para la actividad. La Administración Tributaria tiene la potestad de valorar las pruebas aportadas para verificar la veracidad de cada operación. Esto implica que la trazabilidad documental y el cumplimiento de las normas del Código de Comercio y la Ley General Tributaria son fundamentales para evitar contingencias fiscales.
Qué conviene hacer
Para asegurar la deducibilidad de los costes operativos, las sociedades deben mantener un control riguroso de la documentación que justifica cada desembolso. Es necesario verificar que cada gasto cumple con el principio de correlación con los ingresos y que su registro contable es exacto. Dada la importancia de la prueba documental ante una posible inspección, se recomienda valorar la gestión de cada caso de forma individualizada para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué requisitos debe cumplir un gasto para ser deducible en el Impuesto sobre Sociedades?
- Debe estar inscrito contablemente, imputado por devengo, correlacionado con los ingresos y contar con justificación documental.
- ¿Es suficiente con que el gasto sea necesario para la actividad turística?
- No, además de la necesidad, debe cumplir con los requisitos de la LIS y la Administración debe poder verificar su realidad mediante pruebas.