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BOE-A-2026-7280 ·30 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Empresas de T-Systems Itc Iberia, SAU: 3 meses para actualizar tablas salariales según nuevo Salario Mínimo Interprofesional

La resolución actualiza las tablas salariales del Convenio colectivo de T-Systems Itc Iberia, SAU al Salario Mínimo Interprofesional para 2026, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. Este cambio afecta directamente a las condiciones de remuneración de los trabajadores clasificados en el convenio, y obliga a la empresa a ajustar sus tablas salariales en el plazo de tres meses desde la publicación, según lo previsto en el texto refundido (art. 90.2 y 3).

En 2 claves

  1. Actualización de tablas salariales al Salario Mínimo Interprofesional para 2026 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Plazo de tres meses para actualizar las tablas salariales (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)

A quién afecta

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  • Empresas del sector de telecomunicaciones
  • Convenios colectivos aplicables a T-Systems Itc Iberia, SAU

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  • Autónomos que formen parte del convenio colectivo de T-Systems Itc Iberia, SAU

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  • Empresas del sector de telecomunicaciones con convenio colectivo vigente

Cómo afecta a los implicados

Para los trabajadores de T-Systems Itc Iberia, SAU, se establecen nuevas condiciones salariales a partir de 2026, que podrían aumentar su salario mínimo según la clasificación profesional. Las empresas deben actualizar sus tablas salariales en el plazo establecido para cumplir con la normativa y evitar sanciones. Los asesores deben revisar las clasificaciones profesionales y asegurarse de que se ajustan a la nueva tabla. Las administraciones no tienen un rol directo, pero supervisan el cumplimiento del convenio colectivo.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar tablas salariales según el nuevo Salario Mínimo Interprofesional para 2026 art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Línea de vida

2026-03-30PublicacionPublicación en el BOE
2026-03-30Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 18 de marzo de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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