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El Real Decreto 173/2026 traslada a la Comunidad Autónoma del País Vasco la gestión de medios patrimoniales y personales relacionados con la protección por desempleo, conforme al Real Decreto 2339/1980 (art. 3). Este cambio afecta a las empresas que tengan empleados en el País Vasco y requiere la adaptación de sus registros en un plazo de tres meses desde la entrada en vigor.
Aplica a este perfil
art. 3
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Para empresas con empleados en el País Vasco, se requiere actualizar sus registros de protección por desempleo en un plazo de tres meses. Los asesores deben revisar los procedimientos de gestión y asegurarse de que los datos se trasladen correctamente. Las administraciones regionales asumen la gestión de los bienes y derechos, lo que puede reducir la carga administrativa en el nivel nacional.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Trasladar los medios patrimoniales y personales de protección por desempleo a la Comunidad Autónoma del País Vasco | art. 3 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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