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BOE-A-2026-4489 ·26 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Alumnado de Ceuta y Melilla: convocatoria de pruebas de certificación de idiomas para el curso 2025-2026

En 2 claves

  1. Plazo de 3 días lectivos para solicitar revisión de calificaciones tras su comunicación (art. 12). (art. 12)
  2. Identificación obligatoria mediante DNI, NIE o pasaporte para acceder a las pruebas (art. 10). (art. 10)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Alumnado que desee obtener certificaciones de idiomas en Ceuta o Melilla
  • Candidatos libres o matriculados en Escuelas Oficiales de Idiomas

art. 1

Cómo afecta a los implicados

Para los estudiantes y candidatos libres en Ceuta y Melilla, la resolución define el procedimiento para obtener certificaciones oficiales de idiomas (art. 1). Los interesados deben presentar documentación de identidad y, en su caso, justificantes de exención de tasas o adaptaciones por discapacidad (art. 9). El alumnado dispone de un plazo de tres días lectivos para reclamar calificaciones tras su comunicación (art. 12).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Solicitar revisión de calificación por escrito a la jefatura de estudios si se disconforme art. 12 3 días lectivos a partir del día siguiente a la comunicación
Aportar documentación justificativa para exención de tasas o adaptaciones por discapacidad art. 9

Línea de vida

2026-02-26PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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