La Secretaría de Estado de Energía resuelve el concurso de capacidad de acceso de demanda en determinados nudos de la red de transporte (tensión ≥ 220 kV), conforme al marco del Real Decreto 1183/2020 y la disposición transitoria sexta del Real Decreto-ley 8/2023. La resolución aplica criterios de fecha de inicio de consumo, volumen de inversión y emisiones de gases de efecto invernadero evitadas para ordenar las solicitudes admitidas. El proceso busca desbloquear las capacidades de acceso de demanda en estado de reserva.
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Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
art. 20bis RD 1183/2020
Para los promotores y solicitantes de acceso a la red de transporte, la resolución determina la adjudicación de la capacidad de acceso según su puntuación en criterios de sostenibilidad y rapidez de ejecución. Los solicitantes que se comprometan a suscribir el contrato de acceso antes de los cinco años previstos en el Real Decreto 1183/2020 reciben una puntuación adicional de 0,4 puntos por cada bloque de 2 meses de adelanto (anexo VI). El resultado afecta directamente a la viabilidad de los proyectos de demanda en los nudos seleccionados.
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