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BOE-A-2026-22720 ·30 de octubre de 2026 ·Circular Impacto medio
Mercantil

Entidades declarantes: nueva regulación consolidada sobre la Central de Información de Riesgos (CIR)

El Banco de España aprueba la Circular 1/2026 para refundir toda la normativa aplicable a la Central de Información de Riesgos (CIR) en un único texto, sustituyendo a la Circular 1/2013 (disposición derogatoria única). Esta norma busca superar la fragmentación normativa y reforzar la seguridad jurídica mediante la consolidación de las modificaciones anteriores. El nuevo texto regula la misión de la CIR, el contenido de los datos, los derechos de acceso, rectificación y supresión de los titulares (normas decimonovena y vigésima), y la obligación de las personas jurídicas de relacionarse electrónicamente con el Banco de España (Ley 39/2015).

En 3 claves

  1. Derecho de acceso a la información para los titulares de riesgos (norma decimonovena)
  2. Derecho de rectificación o supresión de datos inexactos o incompletos (norma vigésima)
  3. Régimen transitorio aplicable hasta el 1 de enero de 2027 para umbrales específicos (disposición transitoria única)

A quién afecta

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  • Como personas jurídicas sujetas a la obligación de relacionarse electrónicamente con el Banco de España
  • Como posibles titulares de riesgos en la CIR

Ley 39/2015

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  • Como titulares de riesgos (derechos de acceso y rectificación)
  • Como sujetos de información de riesgos de crédito

norma decimonovena

Aplica a este perfil

  • Como titulares de riesgos con derecho a acceso, rectificación y supresión de datos

norma decimonovena

Aplica a este perfil

  • Como entidades declarantes de riesgos
  • Como personas jurídicas con obligación de relación electrónica

Ley 39/2015

Cómo afecta a los implicados

Para las entidades declarantes, la norma simplifica el cumplimiento al unificar en un solo cuerpo normativo las reglas de reporte de riesgos de crédito, evitando la dispersión de la regulación anterior. Los titulares de riesgos (particulares y empresas) mantienen y se clarifican sus derechos de acceso, rectificación y supresión de datos ante información inexacta o incompleta (normas decimonovena y vigésima). Se establece un régimen transitorio para ciertos umbrales de información que se aplicará hasta el 1 de enero de 2027 (disposición transitoria única).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Relacionarse con el Banco de España exclusivamente a través de medios electrónicos Ley 39/2015

Línea de vida

2026-10-30PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BMC.
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