La Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Principado de Asturias ha aprobado la modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Afuega’l Pitu» (Antecedentes de hecho Primero). Esta modificación se ajusta al Reglamento (UE) 2024/1143 relativo a las indicaciones geográficas para productos agrícolas (Antecedentes de hecho Segundo). El proceso se ha completado tras no presentarse oposiciones durante el periodo de dos meses tras su publicación previa (Antecedentes de hecho Quinto).
Aplica a este perfil
Antecedentes de hecho Tercero
Aplica a este perfil
Antecedentes de hecho Tercero
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Para los productores integrados en la DOP «Afuega’l Pitu», la norma establece las nuevas reglas de producción y calidad contenidas en el pliego de condiciones modificado (Resuelvo Primero). La modificación tiene aplicación inmediata en todo el territorio español desde el día de su publicación en el BOE (Resuelvo Tercero). Los interesados disponen de un mes para interponer recurso de reposición o dos meses para el contencioso-administrativo (Fundamentos de Derecho).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Consultar el nuevo pliego de condiciones en la web del Principado de Asturias | Resuelvo Primero | |
| Interponer recurso de reposición si se disiente de la resolución | Fundamentos de Derecho | 1 mes desde el día siguiente hábil a su publicación |
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