La resolución deniega la inscripción de una representación gráfica georreferenciada alternativa de una finca por oposición de propietario colindante, conforme al artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria. Este procedimiento requiere que el propietario colindante presente su oposición en un plazo de 30 días desde la notificación de la nota de calificación. El cambio implica que ahora se debe actuar rápidamente para evitar la rectificación de la descripción de la finca.
Aplica a este perfil
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art. 199.2 Ley Hipotecaria
Los propietarios colindantes deben actuar en un plazo de 30 días para oponerse, de lo contrario la rectificación se procederá. Los propietarios de fincas afectadas deben revisar su situación y verificar si han recibido notificación. Las administraciones de registro deben garantizar la correcta notificación de la nota de calificación. Los asesores deben informar a sus clientes sobre el plazo y la obligación de oponerse.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar oposición dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la nota de calificación | art. 199.2 Ley Hipotecaria | 30 días |
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