La ley modifica los artículos 24, 26 y 57 a 59 de la Ley 2/2022 de Juventud, estableciendo que las entidades públicas deben notificar y sancionar las infracciones de juventud dentro de un plazo de 30 días desde la recepción de la denuncia (art. 24). Este cambio busca garantizar una respuesta administrativa más rápida y transparente ante las infracciones relacionadas con el ocio juvenil en el País Vasco.
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art. 24
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Las administraciones públicas del País Vasco deben acelerar su proceso de sanción, reduciendo el tiempo entre la denuncia y la respuesta. Los padres, familias y organizaciones juveniles ganan en transparencia y acceso a la justicia. Los asesores de derechos juveniles deben informar a sus clientes sobre el nuevo plazo de sanción y la posibilidad de presentar denuncias con mayor certeza. Las entidades que no cumplan podrían enfrentar responsabilidad administrativa.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Las entidades públicas deben notificar y sancionar infracciones en 30 días | art. 24 | 30 días |
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